martes, 18 de febrero de 2014

Registro en ayuntamientos de Madrid

Antes de nada debemos saber que vamos a registrar.
Todas las réplicas de airsoft forman parte de la 4ª categoría pero dentro de ella hay dos familias.

Categoría 4.1: Cualquier réplica eléctrica o impulsada por gas o CO2. Sea cual sea el rol.
Categoría 4.2: Cualquier réplica impulsada por muelle que tenga que ser amartillado, como por ejemplo, escopetas de corredera o rifles de francotirador con sistema de cerrojo.

Es conveniente que nos enteremos de si dichas tarjetas tienen o no caducidad.
En la parte baja del post adjunto fotos de la tarjeta amarilla y blanca. Deberemos solicitar 2 tarjetas amarillas, una para la 4.1 y otra para la 4.2, y tantas tarjetas blancas como réplicas queramos registrar.
En la categoría 4.1 podemos registrar un límite de 6 réplicas y en la 4.2 un número ilimitado de ellas.

A continuación se datan los requisitos correspondientes a distintos ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.
No hace falta decir que dichos requisitos pueden cambiar con el paso del tiempo.

- ARGANDA DEL REY:
- Replicas grabadas con un número de serie en una armería y su correspondiente certificado (A mi salio a 10€ cada replica)
- Certificado de empadronamiento en Arganda
- Fotocopia del DNI
- Declaración jurada de que son tuyas y si es posibles referenciadas a una factura
- Facturas de las replicas, si las tienes
- Tarjetas de armas de la Guardía Civil, en mi caso no las lleve y me las proporcionaron la propia policia Local

Con todo esto vas a la policía local de Arganda con tus réplicas para que las validen y listo.

No tiene ningún coste y a los dos meses te llaman para que pases a recoger las tarjetas.

-ARROYOMOLINOS:  
- Factura (No aceptan ni declaraciones juradas ni contratos de compra-venta)
- Fotocopia del DNI
- Certificado de penales

Y ya esta. Nada de troquelados, numeros de serie los que traigan las replicas sin mas, que mientras sean individuales y correlativos SON VALIDOS. Llevar la replica con la factura para ver que los numeros coinciden y a correr.


- BOADILLA DEL MONTE:
Para los de Boadilla del Monte el procedimiento es el siguiente:
-Decir que queréis sacaros las Tarjetas para armas A y B (automáticas y semiautomáticas respectivamente) y registrar unas armas.
-Empadronamiento (mas DNI lógicamente)
-Expediente de Delitos (Vamos que no tengas ciertos delitos que te prohíba tenerlas)
-Factura de la compra o contrato de compraventa (que lo podéis hacer con vuestro amigos unos entre otros  si no tenéis nada, indicando en él, la marca y modelo, y el numero de serie de la replica)
-Psicotécnico para estas armas.
-Llevar las "armas" (lógicamente como si fueran armas, no en una mochila) que tienen que estar grabadas con un numero de serie para que la registren.
- Luego el Alcalde en su despacho firma los papeles para que te den las tarjetas.

Los problemas que pueden surgir son los siguientes, que tengáis algún delito que te prohíba tener armas (pues eso...algo habréis hecho). Y el principal problema que yo veo a día de hoy, o el único que podéis tener realmente, es que en vuestras replicas no venga ningún numero de serie, bueno no os comáis mucho el coco, si conserváis la caja puede que venga hay eso en primer lugar y en segundo lugar si no tenéis nada os inventáis un código alfanumérico y que os lo graven donde sea. Que luego va a ver replicas con mismo números de serie. Ejemplo, un amigo con una pistola de categoría 4  de la marca tokio marui, bien tenia un numero de serie, ahora le ha puesto el kit guarder metálico y el numero de serie es distinto, y así con todo, absurdo.

Estoy seguro de que esto es así (a excepción de algún matiz). De todas formas lo que acabo de decir es tal cual al menos en Boadilla, pues la ley así lo dice, y el sargento de la policía local así lo ha hecho dice el en dos ocasiones. Sin problemas.
 


- CAMARMA DE ESTERUELAS:
- Fotocopia del DNI. Llevar el original para cotejarlo.
- Certificado de empadronamiento si no está reflejada la dirección en el DNI.
- Certificado de Penales, se lo fotocopian y te devuelven el original.
- Factura de las armas a nombre del titular y reflejando el marcaje. Se hacen una fotocopia de cada una para el expediente.
- Si la factura no refleja el marcaje, marcaje y certificado del armero homologado. Idem que el anterior.
- En armas muy viejas (una carabina de aire comprimido) me admitieron una declaración jurada de propiedad, pero no se si admitirían esto en ALDs.
- Llevar las ALDs a la oficina de la Policia Municipal para cotejar los marcajes con las facturas.

Tardaron unos 10 días en entregarme las tarjetas selladas.


- CARABAÑA:
Tarjeta de armas
DNI
Factura.


- COSLADA:
Troquelacion OBLIGATORIA por parte de un armero autorizado, ahora mismo en madrid hay dos, y un tercero que esta en tramites, aunque habra mas. NO valen los numeros de serie de las replicas, sean unicos o no. La unica numeracion LEGAL que es la que la Guardia Civil acepta son los numeros de serie que salieron el 2008 me parece, con el año, mes, dos cifras y AS. Si los aytos piden otra cosa, no es valido. En caso de multa por parte de Guardia Civil es recurrible por que es culpa del ayto que pide los requisitos.

  -Armeria Iberica (http://www.armeriaiberica.com/)
  -Armeria Soldiers (http://www.soldiers.es)

El troquelado es aquel de hace unos años, el que pide la Guardia Civil.

Documentacion necesaria es:

Un triptico amarillo (la llamada tarjeta de armas) en el cual vienen tres tarjetas amarillas y cada una puede tener 6 armas de categoria A o B (segun sean automaticas o semi automaticas) Los dan las armerias, CUALQUIERA, este autorizada o no para troquelar. Las rellenan ellos (la policia) con el arma, numero de serie y calibre, tipo A o B y es la que te quedas tu.

Dos dipticos blancos (tarjeta blancas) que rellenan ellos igual, y se queda uno la GC y otro el Ayto, para tener el registro centralizado y guardado. Se pide en la misma armeria donde pides el triptico amarillo

Despues, tengo que pedir en el ayto o descargar de su pagina (http://coslada.es/semsys/ciudadanos/impresos-administrativos/viewer/3269, en el apartado de solicitud de licecias varias)

Fotocopia del DNI

Facturas de la compra de armas

Las armas ludico deportivas en si

El pago de las tasas (yo llevare toda la documentacion antes, y cuando me digan que esta todo en orden, pago las tasas y llevo las armas ludico deportivas a la Policia Local) que son 20€ aprox por arma ludico deportiva

Certificado de penales y empadronamiento, que son ellos los que lo miran, no tengo que llevar nada. No me han dicho nada del psicotecnico, ni lo he visto en la circular que tenian ellos.

Y ya esta, una vez todo los tramites realizados, llevan el triptico y diptico al ayto, el alcalde firma, y cuando me lo dan, quedan registradas. Me enseñaron varios modelos de alguno que ya habia registrado. Por lo visto es un metodo parecido o similar a las armas de aire comprimido y las tasas son las mismas. 


- LEGANES:
En Leganés tienes que pasar primero por las oficinas de la comisaría de Policía Local y pedir un formulario de solicitante de tarjeta de armas de categoria 4.1 y otro para la 4.2 si procede.
En ese formulario te dice lo necesario.
- Copia de la factura de compra del arma en el cual debe aparecer el modelo, tipo de munición y número de serie. (En caso de no tener  dicha factura se puede sustituir por una declaración jurada).
- Tarjetas de armas amarillas y blanca.
- Certificado de empadronamiento original.
- Fotocopia del DNI.

Las tarjetas amarillas y blancas hay que pedirlas en el cuartel de la Guardia Civil. 2 amarillas, una para las armas de la categoría 4.1 y otra para la 4.2, y tantas blancas como réplicas se vayan a registrar. Cada tarjeta blanca cuesta 1€.

El certificado de empadronamiento se consigue en el ayuntamiento.

Una vez reunido todo, se lleva todo a la comisaria con las réplicas. Entonces llaman a un agente que comprueba que son réplicas pertenecientes a la categoría 4.1 y 4.2 y que coinciden los números de serie con las facturas de compra.
Y ahora el policía te pide las potencias de las réplicas en FPS o en Julios. Cosa que creo que solo se hace en este ayuntamiento. Entonces o tienes la suerte de que en la propia réplica pone los julios de potencia o te toca irte a la tienda más cercana y que te pasen chrono. 

A las 2 semanas (más o menos) de haber entregado todo te llaman para que vayas a recogerlo y abones los gastos de tramitación de cada tarjeta, que vienen a ser 25,45€  por cada una de las tarjetas.


- MADRID CAPITAL:

     Tarjeta Tipo A

    Este permiso es válido para las armas comprendidas en la cuarta categoría 4-1: Carabinas y pistolas de tiro semiautomático y de repetición, y revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas. (Reglamento de Armas, RD 137/1993, de 29 de enero, Artículo 3).
    Las tarjetas se otorgarán a los avecindados o residentes en el municipio de Madrid, limitándose al respectivo término municipal.
    Validez: 5 años - Limitada al término municipal de Madrid.

    Tarjeta Tipo B

    Este permiso es válido para las armas comprendidas en la cuarta categoría 4-2: carabinas y pistolas de anima lisa o rayada, y de un sólo tiro y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.(Reglamento de Armas, RD 137/1993, de 29 de enero, Artículo 3)..
    Las tarjetas se otorgarán a los avecindados o residentes en el municipio de Madrid, limitándose al respectivo término municipal.
    Validez: permanente - Limitada al término municipal de Madrid.

Destinatarios: Vecinos o residentes en el municipio de Madrid, limitándose al respectivo término municipal.
Importe: Para 2013: 20,75 euros

Documentación:
    Solicitud
    - Fotocopia del DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia
    - Certificado de aptitudes psicofísicas
    - Certificado de antecedentes penales
    - Factura o albarán que acredite la propiedad y las características del arma especificamente  marca, modelo, categoría, tipo, calibre, número de serie.
    - Abono de las tasas por la tramitación del procedimiento

    Menores. Mayores de 14 años. Validez hasta los 18 años.
    - Autorización de quien ostente la patria potestad o tutela.
    - Fotocopia del DNI, pasaporte o Tarjeta de Residencia
    - Certificado de antecedentes penales, de quien tenga la patria potestad o tutela.
    - Factura o albarán que acredite la propiedad y las características del arma especificamente  marca, modelo, categoría, tipo, calibre, número de serie.
    - Abono de las tasas por la tramitación del procedimiento

El Certificado de Antecedentes penales:

http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1215326256568/Detalle.html

1.- SOLICITUD.- Se efectuará obligatoriamente a través del Modelo 790 que se puede descargar en esta página u obtener gratuitamente en los siguientes lugares:

    Las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia.
    Registros CivilesEste enlace se abre en una nueva pantalla de toda España.
    En Madrid, en la Oficina Central de Atención al Ciudadano.

2.- ACREDITACIÓN DE LA IDENTIDAD DE QUIEN LO SOLICITA

    Original del DNI, Tarjeta de Residencia, Pasaporte, Carnet de conducir o documento de identificación comunitario o equivalente, en vigor, de la persona respecto de la que se solicita la certificación, siempre que el documento presentado permita identificar fehacientemente a ésta.

3.- CUANDO EL CERTIFICADO NO SE SOLICITA PERSONALMENTE POR EL INTERESADO SINO POR OTRA PERSONA QUE LO REPRESENTA, ésta además de acreditar su identidad mediante la documentación del punto 2, deberá aportar:

    Original o fotocopia compulsada del documento de identificación en vigor del representado.
    Original o fotocopia compulsada del documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de la misma (documento público autorizado por notario, documento privado con firmas legitimadas por notario o documento privado, otorgado en comparecencia personal del interesado ante empleado público, que hará constar esta circunstancia mediante diligencia).
    CUANDO SE SOLICITA EL CERTIFICADO RESPECTO DE UNA PERSONA JURÍDICA O ENTE SIN PERSONALIDAD, deberá acreditarse la representación mediante documento público notarial, presentando original  o  fotocopia compulsada del mismo.

4.- ABONO DE LA TASA.- Justificación de haber pagado la tasa, que se podrá acreditar de cualquiera de las siguientes maneras:

    Si el pago se realiza en España.
        Ha de acudir con el impreso 790 cumplimentado a una entidad financiera colaboradora con la Agencia Tributaria (prácticamente todas) para efectuar la liquidación. El pago se acreditará con la validación mecánica o firma autorizada de la entidad financiera en la copia "ejemplar para la Administración" del impreso 790 que habrá de presentar para la expedición del certificado.
    Si el pago se realiza desde el extranjero.
        Ha de acudir con el impreso 790 suscrito a una entidad financiera española colaboradora con la Agencia Tributaria que tenga sucursal en el país desde donde se solicita el certificado. El pago se acreditará con la validación mecánica o firma autorizada de la entidad financiera en la copia "ejemplar para la Administración" del impreso 790 que habrá de remitir.
        O bien, puede ingresar el importe de la tasa mediante transferencia bancaria, siempre que dicha transferencia provenga de cuantas abiertas en bancos situados fuera del territorio nacional. Para efectuar la transferencia se utilizará el IBAN o Código Internacional de la cuenta de ingresos restringida del Ministerio de Justicia, cuyos datos se indican a continuación, remitiendo el original del justificante de haber realizado el pago, junto al “ejemplar para la Administración” del impreso 790.
            ENTIDAD: BBVA
            TITULAR DE LA CUENTA: Ministerio de Justicia - Cuenta Restringida Recaudación Tasas Extranjero
            NIF DEL TITULAR DE LA CUENTA: S-2813610-I
            IBAN o Código Internacional de Cuenta Bancaria: IBAN ES62 0182 2370 4202 0800 0060
            Código de Identificación Bancario (BIC) del BBVA: BBVAESMMXXX

PRECIO DE LA TASA:  3,62€


- MEJORADA DEL CAMPO:
1.- Impreso de solicitud del Ayuntamiento.
2.- Tarjetas blancas y amarillas que entregan en armería, si no las entregaran, se consiguen en la Intervención de Armas de la Guardia Civil.
3.- Se personará la Policía Municipal en el domicilio para realizar informe del solicitante, preguntan a los vecinos (un poco "exageraos" si son), verifican el arma.
4.- A las dos o tres semanas pasar por el Ayuntamiento se pagan las Tasas 8.56 E. y te la entregan para cinco años.

No me pidieron ni fotocopia del DNI ni factura de compra  


- MOSTOLES:
 Bueno pues personado en intervencion de armas de Móstoles city y en PL el resultado es:

Al Ayuntamiento (mostrador de PL), hay que llevar las cartulinas (rellenado solo los datos personales, lo demas al entregarlas, para no cagarla), que MUY AMABLEMENTE me ha proporcionado la GC, (IA de Móstoles).
Llevar un volante de empadronamiento expedido para licencia de armas, (esperar la cola , en otra ventanilla en el mismo Ayto).
Llevar las ALD sin cargadores ni baterias.
Llevar las facturas originales, y ya esta, cuando este aprobado te llaman por telefono para que recojas la tarjeta de registro de las ALD, (tenían un montón).
coste 0€

El requisito indispensable es que tengan numero único de serie y este reflejado en la factura, da igual si la tienda es Española o no, ante la duda enseñárselo al PL (el numero de serie, que ya se lo que estáis pensando >:D).
Si no tiene el Nº de marras, hay que ir a un armero y que lo ponga, te de la documentación correspondiente y a seguir el mismo tramite que he puesto antes.
Esto es lo que me ha especificado Intervención de armas de la GC. puesto que el Policía Local no lo tenía claro y me remitió a la Benemérita, con lo  cual queda claro que si el Nº de serie esta grabado, y lo tenéis en factura, es valido, y no hay que llevarlas a volver a numerar/marcar/troquelar.
Las cartulinas que hay que llevar están en uno de los tres post que hay con lo mismo, pero ahora no encuentro, y es que 58 paginas... se las trae, puesto que con 4 hubiera valido, una es doble blanca QUE NO HAY QUE FIRMAR, y la otra es amarilla en tres partes puesto que hay que rellenar por triplicado.

ROMPER UNA LANZA POR LOS AGENTES DE G.C. Y DE P.L. DE MOSTOLES POR EL INTERES EN DARME LA MEJOR INFORMACIÓN POSIBLE

Ellos (P. Local o Ayto.) verifican que no tengas antecedentes, por eso no te piden el certificado de penales, por eso tardan unos tres meses, (a mi me tardaron seis para la de perdigones).


- PARLA:
En Parla te piden, Psicotécnico y Penales.  Las tasas por tarjeta no llegan a los 15 €, te puedes descargar el modelo de solicitud de la página web del Ayuntamiento.  Las ALDs tienen que estar punzonadas, en Parla además, tienes una armería autorizada para punzonar, "Armería Ibérica" que es, que yo conozca, la más barata de Madrid, 9 € por punzonado. 

- SAN SEBASTIAN DE LOS REYES:
Tarjeta de armas
Fotocopia de DNI
Certificado de Penales
Factura (con n° de serie)
Tasas "OJO" ,las tasas se cobran por TARJETA, DA IGUAL QUE METAS UNA REPLICA O SEIS el precio son 61,62 osea que cuidadin ya que si hoy registrais una y mañana otra os cobran eso por cada una. 

 

- TORREJON DE ARDOZ:
- fotocopia del DnI
- Fotocopia de la factura con número de serie. No vale declaración jurada.
- Rellenar un papel de conformidad y buena conducta.
- Se necesita 3 tarjetas amarillas y 2 blancas por cada arma.
- Se debe abonar 31 euros por cada arma.


- TRES CANTOS:
* Fotocopia de las facturas
* Declaración jurada de que no se va a usar con fines cinegéticos
* Completar la solicitud de la tarjeta de armas y los datos de la misma, además de una tarjeta de registro que se queda la GC

En ocasiones anteriores he puesto el n° de serie de la replica o lo he dejado en blanco si no lo tenia y me las dieron sin problema.


- VALDEMORO:
Url de información: http://www.valdemoro.es/contenidos/content.asp?contentid=10048&nodeid=7757

Por lo que me han contado: Imprescindible el número de serie. El procedimiento es hacer una solicitud general en el ayuntamiento, y posteriormente la policía local se pone en contacto contigo.

Cuando consiga registrar las réplicas comento todo el proceso.
 
 
 


FOTOS

 

2 comentarios:

  1. Buenas chicos:

    En el ayuntamiento de Arganda teneis una errata pues teneis un enlace para el ayuntamiento de Alicante.

    Yo que soy de allí os informo que los requisitos necesarios para el registro de las replicas y obtención de las tarjetas es la siguiente:
    - Replicas grabadas con un número de serie en una armería y su correspondiente certificado (A mi salio a 10€ cada replica)
    - Certificado de empadronamiento en Arganda
    - Fotocopia del DNI
    - Declaración jurada de que son tuyas y si es posibles referenciadas a una factura
    - Facturas de las replicas, si las tienes
    - Tarjetas de armas de la Guardía Civil, en mi caso no las lleve y me las proporcionaron la propia policia Local

    Con todo esto vas a la policía local de Arganda con tus réplicas para que las validen y listo.

    No tiene ningún coste y a los dos meses te llaman para que pases a recoger las tarjetas.

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  2. Muchas gracias por la aportación amigo! Ya está añadida tu información ;)

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